Tras una campaña cuyo programa omitió los derechos humanos y una discusión presupuestaria para 2026 en que se propuso reducir el financiamiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el gobierno del Presidente José Antonio Kast impulsa una reforma que le asigna un carácter “principalmente consultivo y técnico”. Con ello, reduce drásticamente su capacidad de fiscalizar al Estado y sus agentes. Los argumentos que la sustentan son falaces: conserva el nombre del Instituto, pero lo deja sin poder efectivo para cumplir su misión.
El gobierno invoca los Principios de París y las recomendaciones de la Comisión Asesora de 2025 para justificar una propuesta que avanza en sentido contrario. Los primeros exigen que estas instituciones tengan un mandato de promoción y protección “lo más amplio posible”. El mandato vigente del INDH considera esos estándares, como órgano consultivo, se los reconoce, y se recomendó ampliar sus facultades para presentar querellas. Solo un integrante votó a favor de eliminar esa atribución.
El proyecto considera problemático que el INDH concentre su labor en acciones judiciales. Sin embargo, estas abordan delitos especialmente graves desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos: desaparición forzada, tortura, apremios ilegítimos y trata de personas. La querella permite que un órgano autónomo actúe con independencia de las estrategias del organismo persecutor e impulse las investigaciones cuando corresponda.
Resulta contradictorio que, mientras existen servicios públicos que representan a víctimas de delitos comunes violentos, se pretenda suprimir esa posibilidad frente a graves vulneraciones de derechos humanos. ¿Por qué mantenerla para delitos cometidos por particulares y eliminarla para la tortura que pueden perpetrar agentes estatales? La decisión también limita la protección de niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado, pese a las graves vulneraciones conocidas en esos establecimientos. Precisamente allí, los investigados suelen pertenecer a las instituciones que el INDH debe fiscalizar.
El nombramiento de sus autoridades también afecta su autonomía. El Consejo, actualmente integrado por once personas, sería reemplazado por uno de cinco: dos propuestas por el presidente al Senado, dos designadas por la Cámara de Diputados y una por los decanos de Derecho, sin participación de la sociedad civil. Mientras la Comisión Asesora recomendó eliminar la intervención del Ejecutivo en los nombramientos, el proyecto la refuerza.
A ello se suma que el Presidente presentaría la nómina completa del primer Consejo, que el Senado solo podría aprobar o rechazar por mayoría simple. Los actuales consejeros cesarían y sus reemplazantes elegirían al director ejecutivo sin concurso público. En la práctica, el gobierno podría controlar la conducción del organismo encargado de fiscalizarlo, comprometiendo la independencia que esa tarea exige.
No se trata de una mera cuestión de gestión de recursos públicos, sino de una decisión política que debilita una institución destinada a proteger a las personas frente a graves vulneraciones de derechos humanos cometidas por agentes del Estado. Un órgano consultivo sin facultades efectivas de protección queda reducido a emitir opiniones que pueden ser escuchadas y archivadas: se toma nota, pero no se protege a nadie.
Por Lidia Casas, Directora del Centro de Derechos Humanos UDP
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